Edición múltiple de Salvador Dalí

Se considera una Edición múltiple de Salvador Dalí toda aquella edición de esculturas u obras tridimensionales realizada antes del 23 de enero de 1989 que supere el número de 8 ejemplares + 4 pruebas de artista y que derive de un modelo realizado por Dalí.

Este tipo de edición debe responder a un contrato firmado entre Dalí y el editor antes del 23 de enero de 1989 en el que se hayan especificado los detalles de la edición. Cada uno de los ejemplares resultantes de la edición, identificados mediante la firma del artista, la numeración de la tirada y el sello del fundidor.

Por tanto, una escultura u objeto tridimensional será considerado como Obra múltiple de Salvador Dalí siempre que se acredite que:

(i) pertenece a una edición limitada que excede los 12 ejemplares, realizada por Dalí en vida, y bajo su supervisión

(ii) el modelo (tridimensional) utilizado para realizar la edición fue creado por Salvador Dalí en vida

(iii) existe un contrato firmado por Dalí que ampara la edición

(iv) las medidas y los materiales son los autorizados por Dalí

(v) la firma de la obra es auténtica de Dalí  

(vi) la numeración de la obra coincide con uno de los ejemplares previstos de la edición

(vii) el sello del fundidor corresponde con la fundición que realizó la edición

En algunas ocasiones, el número de ediciones y el número de ejemplares que debía incluir cada una de ellas no se fijó en el mismo contrato de la edición, sino que seguramente fue pactado a posteriori. Por esto, es imperativo que la tirada de la edición y la numeración del ejemplar consten en el certificado de autenticidad emitido por el propio Dalí, así como en la numeración sobre la superficie de la propia obra. Al respecto, cada edición y cada ejemplar serán estudiados y validados caso por caso antes de certificarse su autenticidad.

Aunque se han planteado algunos pros y contras respecto a los términos de los contratos firmados por Dalí que están en el origen de estas ediciones, lo que parece claro es que el artista era totalmente consciente de que lo que autorizaba a través de determinadas ediciones múltiples iba más allá y se diferenciaba de una edición original. Esta apreciación se basa en la lectura comparada de algunos contratos firmados por Dalí de forma contemporánea en los que el artista autoriza específicamente ediciones limitadas a 8 ejemplares + 4 pruebas de artista. Por tanto debe haber una distinción muy clara entre estos dos tipos de ediciones, y las obras que resultan de ellas serán indefectiblemente bien originales o bien múltiples.